(MOSS) Nuevas reglas de localización TBES B2C

MOSS

Las reglas de localización de las prestaciones de servicios a consumidores (B2C) de telecomunicaciones, radiodifusión o televisión y servicios electrónicos se modifican a partir del 1 de enero de 2015.

Con independencia del lugar de establecimiento del prestador del servicio o de dónde esté registrado a efectos de IVA, éste deberá repercutir el IVA applicable del Estado miembro donde el consumidor esté domiciliado o resida habitualmente.

Como consecuencia de ello, el prestador del servicio deberá registrarse a efectos de IVA en aquellos Estados miembros donde tenga clientes no empresarios. Esto podría comportar hasta 28 registros de IVA diferentes, que para muchas empresas implicará una seria y compleja adaptación a:

  • Diferentes procedimientos y normas de facturación por cada Estado miembro.
  • Diferentes tipos de IVA.
  • Diferentes obligaciones declarativas.
  • Correcta identificación del lugar de residencia o domiciliación de cada consumidor.

REGLA ACTUAL DE LOCALIZACIÓN. TELECOMUNICACIONES, RADIODIFUSIÓN, TELEVISIÓN & SERVICIOS ELECTRÓNICOS.

Servicios prestados por/ a Consumidor UE                                 Consumidor No-UE
Empresario UE IVA Estado miembro donde está establecido el empresario/ proveedor. No IVA UE. Sujeto a regla de  'uso efectivo y disfrute'.
Empresario No-UE Telecom Radiodifusión/ Televisión: Servicios electrónicos:
IVA Estado miembro donde el servicio es usado efectivamente. IVA del Estado miembro donde el consumidor está domiciliado o reside habitualmente. VoES alternativo para servicios electrónicos.

2015. NUEVAS REGLAS DE LOCALIZACIÓN TELECOMUNICACIONES, RADIODIFUSIÓN, TELEVISIÓN & SERVICIOS ELECTRÓNICOS.

Servicios prestados por/ a Consumidor UE                             Empresario UE             Empresario/ Consumidor No-UE
Empresario UE IVA del Estado miembro donde el consumidor está domiciliado o reside habitualmente. MOSS alternativo Inversión sujeto pasivo: empresario cliente auto repercute y declara el IVA No IVA UE. Sujeto a regla de  'uso efectivo y disfrute'.
Empresario No-UE IVA del Estado miembro donde el consumidor está domiciliado o reside habitualmente. MOSS alternativo (VoES ampliado). Inversión sujeto pasivo: empresario cliente auto repercute y declara el IVA.

MOSS. Mini One Stop Shop

Alternativamente, el régimen de la “mini Ventanilla Única” o “mini One-Stop Shop” (MOSS) permitirá a aquellos empresarios establecidos en la UE que así lo elijan, identificarse en un único Estado miembro donde presenter una única declaración telemática de IVA correspondiente a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o televisión y electrónicos prestados a particulares en otros Estados miembros distintos a aquel en el que estén establecidos.

El sistema es similar al esquema actual para empresarios de fuera de la UE que prestan servicios electrónicos (VoES/ VAT on Electronic Services). Para empresarios de fuera de la UE el sistema actual (VoES) para servicios electrónicos se ampliará al resto.

El sistema de ventanilla única (MOSS) es optativo. Sin embargo, una vez elegido, es de aplicación en todos los Estados miembros donde el empresario no esté establecido y tenga clientes no empresarios.

Cuando un impresario ya está establecido en otro Estado miembro donde presta estos servicios, estos no se incluyen en la declaración única (MOSS) sino en las declaraciones periódicas correspondientes en ese Estado miembro.

Cómo funciona:

  • Declaraciones de IVA trimestrales detallando las ventas de servicios de telecomunicaciones, radiodifusión, televisión y servicios electrónicos a particulares en otros Estados miembros y el IVA repercutido.
  • Las declaraciones trimestrales se presentan electrónicamente en el Estado de Identificación.
  • El IVA repercutido será remitido pro el Estado de Identificación a cada Estado miembro en el que se prestan los servicios a través de un sistema seguro.
  • Estas declaraciones son adicionales a las declaraciones periódicas de IVA que realiza el empresario en su Estado miembro para el resto de operaciones.

Cómo empezar?

Empresarios de dentro y fuera de la UE deberán determiner si les resulta conveniente registrarse a efectos de IVA en cada uno de los Estados miembros donde presten estos servicios a particulares, o si pueden optar por el sistema de declaración única (MOSS).

 

Para obtener más información acerca del registro único (MOSS) y de qué pasos hay que seguir, lea:

IDENTIFICANDO LA UBICACIÓN DEL CLIENTE

REGISTRO VENTANILLA ÚNICA (MOSS)